Funciones. El Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL), sesionará de manera permanente y cumplirá las siguientes funciones:
Realizar la valoración de las circunstancias de la presentación voluntaria con fines de sometimiento a la justicia.
Certificar la pertenencia del individuo al Grupo Armado Organizado (GAO) y su voluntad de abandonarlo.
Expedir su propio reglamento.
El Ministerio de Defensa Nacional en su calidad de Secretaría Técnica del Comité, presentará en cada una de sus sesiones, los casos de sometimiento individual de que tenga conocimiento.
El Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL), podrá solicitar a los organismos de seguridad del Estado, autoridades judiciales y demás instituciones competentes, la información que se requiera para el adecuado desempeño de sus funciones. Estas solicitudes tendrán prioridad de tratamiento por las autoridades que las reciban.
El Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL) dispondrá de un término de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha en la cual se recibe la documentación por parte del Ministerio de Defensa Nacional, para determinar sobre la certificación de la persona presentada del grupo armado organizado (GAO). Una vez esto ocurra la Secretaría Técnica deberá comunicar en un término no mayor a 10 días al interesado y a las autoridades que deban conocer la decisión.
Copia de la decisión del Comité, será remitida por la Secretaría Técnica a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.
Sobre la gestión mensual del Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL), se informará al Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Garantías de Seguridad, para efectos de adelantar el seguimiento de las acciones en materia de desmantelamiento de organizaciones criminales, conforme lo dispuesto en el artículo 3 numeral 6 del Decreto Ley 154 de 2018.
TEXTO CORRESPONDIENTE A