Micelio

Artículo 7

Decreto 603 de 1966 · Por el cual se reorganiza la educación agrícola de nivel medio y se crean las carreras intermedias agropecuarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. El Ministerio de Educación establecerá en estos Institutos carreras intermedias agropecuarias en sus diversas especialidades, de acuerdo con las necesidades y el desarrollo del país. Los planes de estudios, así como los títulos que se otorgarán a los estudiantes que sigan estas carreras, serán reglamentados por el Ministerio de Educación.

Parágrafo

Para ingresar a las carreras intermedias agropecuarias, el estudiante debe tener título de bachiller técnico agrícola.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 603 de 1966