Micelio

Artículo 7

Con El Objeto De Formar Expertos Agrícolas Y Mayordomos Administradores De Finca En Las Escuelas Normales Agrícolas De Duitama Y Buga Funcionarán Cursos Especiales Anexos, Integrados Por Los Alumnos Que Hayan Terminado Estudios En Las Escuelas De Capacitación Agrícola O En Las Antiguas Escuelas Vocacionales Agrícolas

Decreto 489 de 1949 · Por el cual se crea una escuela y se dictan otras disposiciones orgánicas de la Escuelas Normales Agrícolas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con el objeto de formar expertos agrícolas y mayordomos administradores de finca en las Escuelas Normales Agrícolas de Duitama y Buga funcionarán cursos especiales anexos, integrados por los alumnos que hayan terminado estudios en las Escuelas de Capacitación Agrícola o en las antiguas Escuelas Vocacionales Agrícolas. Estos cursos serán reglamentarios por el Ministerio de Educación, previo un estudio técnico de las necesidades de cada zona climatérica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 489 de 1949