Micelio

Artículo 2.2.1.1.1

A

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

A.2.16 . Conformación del Comité Evaluador. El Comité Evaluador estará conformado por

a)

El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado.

b)

El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado.

c)

El Ministro de Minas y Energía o su delegado.

d)

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado.

e)

Un representante experto en temas ambientales vinculado a una universidad acreditada.

f)

Un representante experto en temas de hidrocarburos vinculado a una universidad acreditada o a un cuerpo técnico consultivo del Gobierno nacional.

g)

Un representante de las asociaciones, corporaciones y organizaciones nacionales de la sociedad civil.

Parágrafo 1

Los miembros del Comité a los que se refieren los literales e) y f) serán designados por la comunidad académica. El miembro al que se refiere el literal g será designado por las asociaciones, corporaciones y organizaciones nacionales legalmente constituidas. El reglamento para su elección y los perfiles de los miembros a elegir será establecido por la Comisión Intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico.

Parágrafo 2

°. Los miembros a los que se refiere los literales e), f) y g) deberán elegirse máximo dentro de los 45 días calendario siguientes de la aprobación del reglamento para su elección por parte de la Comisión Intersectorial de Acompañamiento Técnico y Científico.

Parágrafo 3

El Comité Evaluador podrá sesionar con el resto de sus miembros en caso de que no sean elegidos dentro del plazo establecido en el

Parágrafo 2

anterior los miembros de los que tratan los literales e), f) y g).

Parágrafo 4

El Comité Evaluador podrá invitar con voz pero sin voto, a los expertos que hayan participado de la Comisión Interdisciplinaria Independiente a que asistan a sus diferentes sesiones.

Parágrafo 5

°. La Secretaría Técnica del Comité Evaluador estará a cargo del Ministerio de Minas y Energía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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