La Oficina de Estupefacientes del Ministerio de Justicia informará al Juez que estuviere conociendo del proceso al cual estén vinculados los bienes decomisados, sobre el destino que les haya dado el Consejo Nacional de Estupefacientes.
Dentro de los diez (10) días siguientes a la asignación el bien deberá ser retirado por la entidad a la cual hubiese sido destinado, previa elaboración de un acta en la que conste el estado en que se recibe. Tales actas podrán ser suscritas ante los consejos seccionales de estupefacientes, pero siempre deberá enviarse copia de ellas al Consejo Nacional de Estupefacientes, cuya Secretaría Ejecutiva deberá llevar una relación completa de dichos bienes y de las entidades a las cuales han sido asignados.