ARTICULO 5° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Decreto 1655 de 1990 →Vigente
Artículo 5
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 1655 de 1990 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación, adicionado mediante Decreto 1575 de julio 17 de 1990.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.