Micelio

Artículo 12

Los Oficiales Técnicos De La Fuerza Aérea Que Proceden Del Escalafón De Suboficiales Tendrán, Derecho A Una Prima De "especialistas" Que Se Pagará Así: Subteniente Técnico $ 200

Decreto 325 de 1961 · Por el cual se fijan asignaciones a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Oficiales Técnicos de la Fuerza Aérea que proceden del escalafón de Suboficiales tendrán, derecho a una prima de "Especialistas" que se pagará así: Subteniente Técnico $ 200.00 Teniente Técnico 250.00 Capitán Técnico. 300.00 Mayor Técnico 350.00

Parágrafo

Los Suboficiales de la Fueras Aérea egresados de la Escuela de Clases Técnicas, tendrá derecho a una prima de "Especialistas", que se pagará así: Suboficiales técnico Jefe $ 160.00 Suboficial Técnico Subjefe 120.00 Suboficial técnico primero 80.00 Suboficial técnico segundo 40.00 Suboficial técnico tercero 20.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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