Micelio

Artículo 11

Resolucion 100-000040 de 2021 · Por medio de la cual se asignan unas funciones y se definen los grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES (E) En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 34, 38, 40, 41 y 42 y 42 del artículo 8, el Decreto 1736 de 2020, y CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley 489 d

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Grupo de Sistemas y Arquitectura de Tecnología. El Grupo del Sistemas y Arquitectura de Tecnología, adscrito a la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones, tendrá las siguientes funciones: 11.1 Identificar e implementar cambios de la infraestructura tecnológica de acuerdo con las mejores prácticas cuando se requiera. 11.2 Planear, ejecutar y hacer seguimiento a la configuración y la infraestructura tecnológica que soportan los servicios de tecnología en operación. 11.3 Analizar, revisar y establecer las necesidades institucionales en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, alineado con las políticas, estrategias y normatividad vigente, asociados con la infraestructura tecnológica. 11.4 Analizar, sopesar y diseñar las alternativas de solución a las necesidades institucionales, en materia de tecnologías de la información y comunicaciones de conformidad con los lineamientos y políticas vigentes, asociados con la infraestructura tecnológica. 11.5 Implementar, probar y poner en producción los nuevos servicios tecnológicos. 11.6 Realizar las actividades necesarias para garantizar la disponibilidad y la continuidad de los servicios tecnológicos, dando cumplimiento a la política de respaldo y recuperación de la información y a la política de seguridad informática de su competencia. 11.7 Atender los incidentes y necesidades que se presenten de servicios tecnológicos. 11.8 Dar trámite a las actividades de la mesa de ayuda y velar por el cumplimiento de los acuerdos de nivel de servicios tecnológicos, según las necesidades de la Entidad. 11.9 Realizar las revisiones, verificaciones y evaluaciones del uso y aprovechamiento de los recursos tecnológicos, para garantizar la adecuada capacidad tecnológica requerida por la Entidad. 11.10 Adelantar los trámites pertinentes para la adquisición de la infraestructura tecnológica requerida en áreas y que son de su competencia. 11.11 Realizar las actividades necesarias para mitigar los riesgos operativos y de seguridad de la información en los procesos de su competencia. 11.12 Implementar acciones que permitan el mejoramiento continuo del Sistema de Gestión Integrado en materia de infraestructura tecnológica asegurando y garantizando su aplicación y permanente ejecución en los procesos que son de su competencia. 13/98 RESOLUCION 11.13 Definir, mantener y mejorar la arquitectura de tecnología para los sistemas de información, aplicaciones y servicios existentes en el marco de la arquitectura empresarial y de la seguridad de la información. 11.14 Proyectar conceptos sobre la arquitectura de tecnología en la Entidad apoyando la toma de decisiones sobre proyectos que puedan transformar políticas, definiciones o la plataforma tecnológica misma. 11.15 Realizar las actividades para atender los requerimientos de la arquitectura de tecnología de la Entidad. 11.16 Identificar e implementar cambios a la arquitectura de tecnología establecida para que se adecúe a las necesidades funcionales de la Entidad y las tendencias de nuevas tecnologías de la información. 11.17 Mantener actualizado el repositorio de documentos de la arquitectura de tecnología. 11.18 Apoyar la socialización de las políticas y lineamientos de la Arquitectura de Tecnología de la Entidad. 11.19 Realizar el seguimiento a las nuevas tendencias y buenas prácticas que apliquen a la Arquitectura Empresarial dentro del área de su competencia. 11.20 Adoptar y cumplir las políticas, modelos y controles de seguridad de la información y el sistema integrado de gestión, involucrados dentro de las actividades del grupo. 11.21 Gestionar la adopción de las normas aplicables en materia de tecnologías de la información y comunicaciones, modelo integral de planeación y gestión institucional, transformación digital, seguridad digital, ciberseguridad, política de gobierno digital y demás que se expidan y en las cuales estén involucradas actividades del grupo. 11.22 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia. 11.23 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el Superior Inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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