Artículo cuarto. Las partidas para los Territorios escolares serán giradas a los respectivos Vicarios o Prefectos Apostólicos, a excepción de las del Meta y La Guajira, que se girarán a los Tesoreros de dichas Intendencias. Comuníquese y publíquese.
Decreto 929 de 1959 →Vigente
Artículo 4
Decreto 929 de 1959 · Por el cual se distribuye el aporte de la Nación para los Restaurantes Escolares que funcionan en los departamentos, Bogotá D.E, y Territorios Escolares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.