No Se Admitirá Por Las Autoridades Corporaciones Ó Funcionarios Públicos Papel Habilitado Que No Esté Provisto De La Respectiva Estampilla De Habilitación
Decreto 32 de 1906 · Sobre impuesto de timbre nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
No se admitirá por las autoridades corporaciones ó funcionarios públicos papel habilitado que no esté provisto de la respectiva estampilla de habilitación.
Parágrafo
En el caso de que tampoco haya estampillas en la oficina de expendio del expendedor lo hará constar así en la nota de que trata el artículo 10, y en caso solo se podría hacer uso del papel habilitado el día de la habilitación.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.