º El Banco Central seguirá abonando al Gobierno un interés del doce por ciento (12 por 100) anual sobre los saldos que vayan quedando á su cargo, hasta la terminación del cambio ó hasta la entrega del último saldo a Junta Nacional de Amortización.
Decreto 681 de 1909 →Vigente
Artículo 3
El Banco Central Seguirá Abonando Al Gobierno Un Interés Del Doce Por Ciento (12 Por 100) Anual Sobre Los Saldos Que Vayan Quedando Á Su Cargo, Hasta La Terminación Del Cambio Ó Hasta La Entrega Del Último Saldo A Junta Nacional De Amortización
Decreto 681 de 1909 · Por el cual se fija el término para efectuar el cambio del papel moneda por moneda de níquel
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.