Micelio

Artículo 1

Decreto 4185 de 1949 · por el cual se fijan precios para el algodón de producción nacional tipo “L”, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El precio del kilo de algodón desmotado conforme a la clasificación comercial establecida en el Decreto número 2263 de 1941 (diciembre 30), en el cual se comprende incluido el valor de nueve centavos ($ 0.09) por concepto de desmote, prensado y empacado, para el tipo "L", será el siguiente: Tipo "L", calidad superior a corriente $ 2.30 " " calidad corriente 2.10 " " calidad inferior a corriente l.90

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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