Micelio

Artículo 3

º

Decreto 170 de 1996 · por el cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal de empleados públicos del Ministerio de Defensa Nacional al servicio de la Secretaría General, Comando General, y de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la vigencia de este Decreto, el Director General del Instituto de Salud de las Fuerzas Militares incorporará, teniendo en cuenta que se cumplan los requisitos para el cargo asignados por las normas respectivas, al personal que se desempeñe en los empleos de la Secretaría General del Ministerio de Defensa Nacional, Comando General, Ejército, Armada y Fuerza Aérea que por este decreto se suprimen. mientras se efectúa dicha incorporación, continuaran perteneciendo a la planta de personal de la Secretaría General, Comando General y Fuerzas Militares.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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