Micelio

Artículo 5

Decreto 248 de 1937 · Por el cual se fijan el personal y las asignaciones del Ministerio de Agricultura y Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. El resto del personal de la Sección de Navegación y Obras del Sur, que sea necesario, se pagará por planillas de jornales y será nombrado: los de jornal hasta $ 2.50, por el Jefe de la Zona, y los de $ 2.50 a $ 5, por él Jefe de Navegación y Obras del Sur.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 248 de 1937