º ESCUELAS REGIONALES. El Jefe del Departamento podrá, cuando las necesidades del servicio lo exijan, crear, fusionar o suprimir las Escuelas Regionales, señalar las relaciones de subordinación con las restantes reparticiones y asignarles con base en la respectiva planta de personal, los cargos correspondientes. CAPITULO II FUNCIONES ESPECIFICAS.
Decreto 2193 de 1989 →Vigente
Artículo 6
º Escuelas Regionales
Decreto 2193 de 1989 · Por el cual se reorganiza la Academia y Centros Docentes del Departamento Administrativo de Seguridad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.