Micelio

Artículo 2

Serán Invitados A Las Sesiones De Los Comités Y Subcomités Del Consejo Nacional De Operación, El Superintendente Delegado De Energía Y Gas De La Superintendencia De Servicios Públicos Domiciliarios, El Director De Energía Del Ministerio De Minas Y Energía Y El Director De La Upme, Quienes Serán Invitados Permanentes A Las Sesiones Y Podrán Delegar Su Participación En Las Mismas

Decreto 2238 de 2009 · por el cual se dictan medidas en materia de operación del Sistema Interconectado Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Serán invitados a las sesiones de los Comités y Subcomités del Consejo Nacional de Operación, el Superintendente Delegado de Energía y Gas de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el Director de Energía del Ministerio de Minas y Energía y el Director de la UPME, quienes serán invitados permanentes a las sesiones y podrán delegar su participación en las mismas.

Parágrafo

La participación en las sesiones de los Comités y Subcomités del Consejo Nacional de Operación por parte de los anteriores funcionarios, será con voz pero sin voto y atendiendo a las funciones legales y reglamentarias que se encuentren en cabeza de cada entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2238 de 2009