Cordón de Oficiales de Estado Mayor: de hilo de plata en forma de trenza, con cordones en cuyos extremos tendrá puntas simulando lapiceros; se asegura sobre el hombro derecho, por debajo de la charretera o tapona, y en el primer botón de la guerrera; las puntas pendientes al frente. Este cordón sólo podrán usarlo los Oficiales diplomados de Estado Mayor. Para los Generales el cordón, correspondiente será con doble trenza de hilo de oro mate.
Decreto 1040 de 1929 →Vigente
Artículo 19
Cordón De Oficiales De Estado Mayor: De Hilo De Plata En Forma De Trenza, Con Cordones En Cuyos Extremos Tendrá Puntas Simulando Lapiceros; Se Asegura Sobre El Hombro Derecho, Por Debajo De La Charretera O Tapona, Y En El Primer Botón De La Guerrera; Las Puntas Pendientes Al Frente
Decreto 1040 de 1929 · Por el cual se reglamenta el uniforme del Ejército Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.