Pertenecen a la Nación los rendimientos obtenidos por los organismos y entidades públicos con recursos del Presupuesto Nacional, originados en depósitos de ahorro corriente o en valor constante, a la vista o a término, u otro tipo de títulos, bonos, cédulas y otros valores emitidos por el sistema financiero. Estos rendimientos se consignarán a medida que se causen en la Tesorería General de la República - Fondos Comunes-.
De las reservas del balance del tesoro.