º. El servicio público de transporte masivo de pasajeros se prestara previa expedición de un permiso de operación otorgado mediante concurso, la celebración de un contrato de concesión u operación adjudicados en licitación pública o a través de contratos interadministrativos. Las condiciones en materia de organización, capacidad financiera, capacidad técnica y de seguridad a que se refiere el artículo 11 de la Ley 336 de 1996, se establecerán en el respectivo pliego de condiciones o términos de referencia. En todo caso, las empresas de transporte masivo deberán cumplir las siguientes condiciones: Capacidad organizacional
Identificación
Personas naturales: - Nombre - Documento de identificación, anexando fotocopia - Certificado de registro mercantil - Domicilio;
Personas jurídicas: - Nombre o razón social, anexando certificado de existencia y representación legal - Tipo de sociedad - NIT - Representante legal con su documento de identidad - Domicilio.
Requerimientos en cuanto al personal vinculado a la empresa, discriminándolo entre personal administrativo, técnico y operativo. Capacidad financiera
Patrimonio mínimo;
Origen de capital;
Capital pagado mínimo, en el caso de las personas jurídicas. Capacidad técnica: Requerimientos mínimos de equipo indicando las siguientes características: a) Clase; b) Marca; c) Referencia;
Modelo;
Capacidad;
Forma de vinculación a la empresa. Condiciones de seguridad: Los pliegos de condiciones o los términos de referencia contendrán las condiciones mínimas de seguridad que deberá cumplir la empresa de transporte masivo.