Micelio

Artículo 130

Decreto 2257 de 1986 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VII y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a Investigación, Prevención y Control de la Zoonosis.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

AUTORIDADES FACULTADAS PARA IMPONER LAS MULTAS. De acuerdo con la naturaleza y calificación de la falta, la sanción de multa será impuesta mediante resolución motivada, así

a)

De un (1) salario diario mínimo legal, al máximo valor vigente al momento de aplicarse la sanción, hasta un mil (1.000) salarios diarios mínimos legales, por el Jefe de la Unidad Regional Local de Salud, de acuerdo con su jurisdicción territorial;

b)

De un (1) salario diario mínimo legal, al máximo valor vigente al momento de aplicarse la sanción, hasta diez mil (10.000) salarios diarios mínimos legales, por el Jefe del Servicio Seccional de Salud respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2257 de 1986