Micelio

Artículo 12

Transitorio

Decreto 1200 de 2007 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 432 de 1998 y 1114 de 2006 en relación con la afiliación al Fondo Nacional de Ahorro a través del ahorro voluntario contractual y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transitorio . Durante la vigencia presupuestal del 2007, el Fondo Nacional de Ahorro podrá destinar los recursos del presupuesto aprobado para dicho período en la creación y desarrollo del producto de ahorro voluntario contractual de que trata el presente decreto. Para estos efectos, su Junta Directiva definirá el monto de los recursos que se utilizarán y la distribución de los mismos, con base en el estudio y la propuesta que someta a su consideración la entidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1200 de 2007