Micelio

Artículo 11

De La Misma Lei; 50, Se Espedirá A Cada Uno De Los Interesados El Correspondiente Título De Pensión, Espresando En Cada Uno De Ellos, Para Los Efectos Del Pago, El Total De La Pensión I Los Individuos Entre Quienes Ha Sido Dividida I Prorateada

Decreto 373 de 1879 · En ejecución de la lei 50 de 1879 (30 de junio) sobre pensiones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 11. En el caso del artículo 34 de la misma lei; 50, se espedirá a cada uno de los interesados el correspondiente título de pensión, espresando en cada uno de ellos, para los efectos del pago, el total de la pensión i los individuos entre quienes ha sido dividida i prorateada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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