Los miembros de la Junta Directiva distintos del Ministro de Desarrollo Económico, del Jefe del Departamento Nacional de Planeación y de sus delegados, tomarán posesión de sus cargos ante el Ministro da Desarrollo Económico. Corresponderá al Ministerio de Desarrollo Económico la expedición de las certificaciones sobre la calidad de miembro de la Junta Directiva y de Gerente de la Corporación.
Decreto 265 de 1969 →Vigente
Artículo 10
Los Miembros De La Junta Directiva Distintos Del Ministro De Desarrollo Económico, Del Jefe Del Departamento Nacional De Planeación Y De Sus Delegados, Tomarán Posesión De Sus Cargos Ante El Ministro Da Desarrollo Económico
Decreto 265 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Corporación Nacional de Turismo de Colombia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.