La providencia que decrete la nulidad de la elección de uno o más dignatarios, fijará el término para la elección de su reemplazo, que no podrá ser inferior a veinte (20) días ni superior a sesenta (60).
Decreto 2851 de 1984 →Vigente
Artículo 81
Decreto 2851 de 1984 · por el cual se dictan disposiciones sobre Asociaciones de Juntas de Acción Comunal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.