Micelio

Artículo 2

Ley 57 de 1923 · Por la cual se autoriza al Gobierno para contratar técnicos extranjeros en el ramo de Telégrafos, para establecer una Escuela Superior de Telegrafía y Radiotelegrafía y para traer al país y contratar en el interior una Misión de pedagogos que estudie las necesidades del ramo de Instrucción Pública y proponga las reformas que juzgue convenientes

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a establecer en Colombia una Escuela Superior de Telegrafía y Radiotelegrafía, sirviéndose para ello de los expertos de que trata el Artículo anterior, o contratando Director y Profesores extranjeros en la misma forma indicada para los técnicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1923