Son funciones del Consejo Directivo
Formular y evaluar periódicamente la política y objetivos de la Escuela, con base en los planes y programas del sistema de Educación Superior;
Aprobar los planes y adoptar las medidas necesarias para la buena marcha de la Escuela;
Expedir y modificar el Estatuto Interno de la Escuela, el cual requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional;
Estudiar y aprobar, a propuesta del Comité Académico y de acuerdo con las normas legales, los proyectos y programas relacionados con los aspectos docentes e investigativos que deba adelantar la Escuela;
Proponer al Gobierno Nacional para su aprobación la estructura administrativa, la planta de personal y el reglamento docente, de acuerdo con las disposiciones legales;
Elaborar el presupuesto de la Escuela y someterlo a la aprobación del Instituto Colombiano de la juventud y el Deporte y proponer al Gobierno Nacional por intermedio del referido Instituto, los traslados y adiciones necesarios para el cumplimiento de sus funciones, todo de acuerdo con las normas orgánicas del Presupuesto Nacional;
Designar y remover a los Directores de Unidades Académicas o a quienes hagan sus veces. Su designación se hará de ternas presentadas por el Rector;
Aprobar la creación, fusión, suspensión o supresión de programas académicos al tenor de las normas legales;
Fijar los derechos pecuniarios que pueda cobrar la Escuela y presentar para su autorización, al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, las disposiciones en que hayan sido adoptados;
Expedir, a propuesta del Rector, el Reglamento Académico y los del personal docente, administrativo y estudiantil, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia;
Examinar y aprobar anualmente los estados financieros de la Escuela;
Darse su propio reglamento; ll) Las demás que le asigne la ley.