Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Seguro. Antes de iniciar la operación del establecimiento constituido en régimen de tiempo compartido turístico, el promotor, administrador u operador deberá contratar y conservar vigente en todo momento en relación con dicho establecimiento un seguro de incendio y terremoto cuyos costos anuales deberán incorporarse al presupuesto de gastos del establecimiento de tiempo compartido turístico.
(Decreto 1076 de 1997, artículo 22)
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.