Micelio

Artículo 131

Ámbito De Aplicación De La Señalización

Decreto 539 de 2022 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ámbito de aplicación de la señalización . La señalización del proyecto minero estará referida a las zonas, locales, vías, recorridos, o la propia instalación, los medios de protección, emergencia, socorro y salvamento de los lugares de trabajo, con el fin de salvaguardar la seguridad y salud de los trabajadores. El titular o beneficiario del derecho minero o explotador debe señalizar y demarcar

1.

El acceso a todas aquellas zonas o locales para cuya actividad se requiera la utilización de un equipo o equipos de protección individual;

2.

Las zonas o locales que requieran de personal autorizado para su acceso;

3.

Los centros de trabajo, de tal manera que permita conocer a todos sus trabajadores situaciones de emergencia o instrucciones de protección en su caso;

4.

Equipos de lucha contra incendios, las salidas y recorridos de evacuación y la ubicación de primeros auxilios;

5.

Cualquier otra situación que, como consecuencia de la evaluación de riesgos y las medidas implementadas, o su inexistencia así lo requiera; y

6.

Áreas destinadas para la ubicación de la maquinaria fuera de uso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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