° Para los efectos de este Decreto se consideran como muestras una cantidad limitada de diez (10) artículos determinados por cada posición arancelaria y por cada fábrica. Los permisos para la importación de estas muestras se concederán únicamente a las industrias productoras o a su exclusivo representante en Colombia.
Decreto 437 de 1963 →Vigente
Artículo 8
Para Los Efectos De Este Decreto Se Consideran Como Muestras Una Cantidad Limitada De Diez (10) Artículos Determinados Por Cada Posición Arancelaria Y Por Cada Fábrica
Decreto 437 de 1963 · Por el cual se autoriza una Feria Exposición Internacional de la Zona Latinoamericana de Libre Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.