ARTICULO 1. A las importaciones de productos originarios y provenientes de México, se les aplicará el gravamen arancelario ad valorem señalado para cada uno de ellos, en la columna "gravamen %". Ver tabla
Decreto 1654 de 1997 →Vigente
Artículo 1
A Las Importaciones De Productos Originarios Y Provenientes De México, Se Les Aplicará El Gravamen Arancelario Ad Valorem Señalado Para Cada Uno De Ellos, En La Columna "gravamen %"
Decreto 1654 de 1997 · por el cual se da cumplimiento a unos compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Tratado de Libre Comercio suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.