Micelio

Artículo 5

Para La Adopción Y Ejecución De Proyectos De Integración De Servicios Se Tendrá En Cuenta La Participación Efectiva De Las Comunidades, A Través De Las Formas Asociativas Que Existan O Se Creen En Las Áreas Que Comprenden Tales Proyectos

Decreto 2237 de 1973 · Por el cual se reglamentan los nuevos artículos 127, 125 y 128 de la Ley 135 de 1961, introducidos a este estatuto por el artículo 38 de la Ley 4ª de 1973, y el Decreto extraordinario número 2236 de 1973, que contiene el Estatuto Orgánico del Fondo de Bienestar Veredal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para la adopción y ejecución de proyectos de integración de servicios se tendrá en cuenta la participación efectiva de las comunidades, a través de las formas asociativas que existan o se creen en las áreas que comprenden tales proyectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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