Articulo 25. El examen de los bultos abiertos, en cuanto al contenido de ellos y a su calidad, será minucioso.
Decreto 747 de 1922 →Vigente
Artículo 25
El Examen De Los Bultos Abiertos, En Cuanto Al Contenido De Ellos Y A Su Calidad, Será Minucioso
Decreto 747 de 1922 · Por el cual se reglamenta el recibo y la entrega de mercancías en el muelle de Puerto Colombia y en la Aduana de Barranquilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.