Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto crease, en el Ministerio de Minas y Petróleos, Instituto Geológico Nacional Sección de Hidrogeología el cargo de Hidrogeólogo, con asignación mensual de un mil cien pesos ($ 1.100.00).
Decreto 2271 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2271 de 1955 · Por el cual se crea el cargo en el Ministerio de Mina y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.