Actividades básicas de gestión y colocación. Las actividades básicas de gestión y colocación son
Registro de oferentes, demandantes y vacantes;
Orientación ocupacional a oferentes y demandantes;
Preselección, o
Remisión.
Los prestadores del Servicio Público de Empleo podrán realizar actividades distintas de las enunciadas en el presente artículo, las cuales deberán estar registradas en el reglamento de prestación de servicios. Lo anterior, con sujeción a la regulación expedida por el Ministerio del Trabajo en cuanto a los servicios asociados o relacionados en los términos del artículo 29 de la Ley 1636 de 2013.