Micelio

Artículo 3

Decreto 1360 de 1979 · Por el cual se reglamenta la Ley 10 de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE- suministrará las cifras de población que corresponden a cada uno de los municipios y corregimientos de las Intendencias y Comisarías a que pertenecen. En los casos de municipios y corregimientos creados con posterioridad a la realización del último censo legalmente aprobado, se tomará en cuenta la población que sirvió de base para su creación, segregada de la correspondiente a la entidad territorial de la cual formaba parte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1360 de 1979