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Artículo 3

Los Empleados Públicos A Que Se Refiere El Presente Decreto, Continuarán Rigiéndose En Materia De Prestaciones Sociales Y Demás Factores Salariales Por Las Disposiciones Legales Vigentes Para El Instituto

Decreto 39 de 1997 · por el cual se dictan normas en materia salarial, para los empleados públicos del Instituto Nacional de Radio y Televisión de radio y televisión Inravisión, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los empleados públicos a que se refiere el presente Decreto, continuarán rigiéndose en materia de prestaciones sociales y demás factores salariales por las disposiciones legales vigentes para el Instituto.

Parágrafo

Los empleados públicos que se vinculen al Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión con posterioridad a la vigencia del presente Decreto, percibirán las prestaciones sociales establecidas para el régimen general de los empleados públicos, teniendo en cuenta la remuneración asignada para el respectivo empleo y en los términos y condiciones señalados en la ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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