Micelio

Artículo 48

Reserva

Decreto 1101 de 1969 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Provisiones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reserva . Ningún miembro de la Junta Directiva, funcionario o empleado del Instituto podrá revelar los planes, programas, proyectos y actas que se encuentren en estudio en ejecución, salvo que la Junta Directiva o el Gerente General hayan autorizándola información, so pena de incurrir en causal de mala conducta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1101 de 1969