Micelio

Artículo 1

La Intendencia De San Martin Se Divide En Dos Provincias, A Saber: La De San Martin Que Además De Este Municipio Comprenderá Los De Villavicencio, Que Será Su Cabecera, Y Uribe; Y La De Cabuyaro, Con Puesta De Este Municipio, Que Será Su Cabecera, Y Los De Medina Y San Pedro De Arimena, De Que Adelante Se Hablara

Decreto 1417 de 1893 · Por el cual se adiciona el marcado con el número 392 de 17 de Enero del corriente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. la intendencia de San Martin se divide en dos provincias, a saber: la de San Martin que además de este municipio comprenderá los de Villavicencio, Que será su cabecera, y Uribe; y la de Cabuyaro, con puesta de este Municipio, que será su cabecera, y los de medina y san pedro de arimena, De que adelante se hablara.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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