º . Asignación básica mensual. A partir del 1º de enero de 2008, la asignación básica mensual de los distintos grados y niveles del escalafón nacional docente correspondientes a los empleos docentes y directivos docentes al servicio del Estado que se rigen por el Decreto-ley 1278 de 2002, será la siguiente: Título Grado escalafón Nivel Salarial Asignación básica mensual Normalista Superior o Tecnólogo en Educación. 1 A 745.624 B 1.014.611 C 1.531.186 D 1.759.188 Licenciado o Profesional no Licenciado 2 A 938.340 B 1.421.428 C 1.834.801 D 1.980.454 Licenciado o Profesional no Licenciado con Maestría o con doctorado. 3 Maestría Doctorado A 1.415.933 1.721.798 B 1.772.111 2.154.919 C 2.017.127 2.452.864 D 2.140.784 2.603.232
Los docentes y directivos docentes nombrados en provisionalidad o en período de prueba, vinculados en virtud del Decreto-ley 1278 de 2002, recibirán la asignación básica mensual correspondiente al primer nivel salarial del grado en el escalafón en el que serían inscritos en caso de superar el período de prueba. En ningún caso percibir esta remuneración implica la inscripción en el escalafón nacional docente.