Programas, proyectos e inversiones en ciencia y tecnología . Para efectos de lo previsto en el artículo 126-3 del Estatuto Tributario, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología deberá acogerse a lo establecido en el artículo 9º del Decreto Reglamentario 2076 de 1992, respecto a la información sobre programas, proyectos e inversiones en ciencia y tecnología autorizados.
Decreto 3050 de 1997 →Vigente
Artículo 28
Programas, Proyectos E Inversiones En Ciencia Y Tecnología
Decreto 3050 de 1997 · por el cual se reglamenta el Estatuto Tributario, la Ley 383 de 1997 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.