Detalle del presupuesto de gastos . E l proyecto de presupuesto de gastos deberá presentarse a la Asamblea acompañado de las siguientes informaciones: 1º. L a Disposición, sentencia o contrato en que se basa la incorporación de cada partida. 2º. Gastos comprobados y reservas con cargo a cada artículo durante el año anterior a aquél en que se prepara el proyecto, según el informe de la Contraloría Departamental. 3º Cantidad votada para el mismo articulo en la ordenanza de apropiaciones en ejercicio con inclusión de los créditos y contra créditos que se hayan hecho durante el período transcurrido. 4º. Cantidad propuesta para el mismo artículo en el proyecto. 5º. Explicación de los aumentos o disminuciones y de las partidas nuevas que se hubieran incorporado en el proyecto. 6º. Situación del tesoro departamental en 30 de junio del año en curso. 7º. Justificaciones de las solicitudes para sueldos y primas con el proyecto de ordenanza sobre asignaciones civiles. 8º. Cualesquiera otros datos e informaciones que en concepto del Gobierno sean necesarios para explicar su programa presupuestal. CAPITULO VI. Estudio y discusión del proyecto de presupuesto en la Asamblea
Decreto 2407 de 1981 →Vigente
Artículo 39
Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.