Si los ingresos pactados llegaren a ser superiores a los previstos en esta Ley, la parte de los ingresos de Ecopetrol, que no deban ser ahorrados, podrán servir, una vez cubiertos los gastos de inversión de Ecopetrol, para atender las necesidades de recursos de carácter contingente de que trata el artículo 1º de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo y de Inversiones Públicas, quedando excluida de esta consideración los recursos de entidades distintas a Ecopetrol.
Ley 209 de 1995 →Vigente
Artículo 17
Ley 209 de 1995 · mediante la cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.