A partir del 1° de enero de 2014 el subsidio de alimentación para los servidores que perciban una asignación básica mensual no superior a un millón trescientos cincuenta y siete mil trescientos sesenta y nueve pesos ($1.357.369) moneda corriente, será de: cuarenta y ocho mil un pesos ($48.001) moneda corriente, pagaderos mensualmente por la entidad correspondiente. No se tendrá derecho a este subsidio durante el tiempo que el empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo, o cuando la entidad suministre la alimentación.
Decreto 194 de 2014 →Vigente
Artículo 11
A Partir Del 1° De Enero De 2014 El Subsidio De Alimentación Para Los Servidores Que Perciban Una Asignación Básica Mensual No Superior A Un Millón Trescientos Cincuenta Y Siete Mil Trescientos Sesenta Y Nueve Pesos ($1
Decreto 194 de 2014 · por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.