ARTICULO 11. Los Auxiliares solo podrán ser nombrados en las actividades siguientes o similares: 1) Acarreo 2) Albañilería 3) Aseo 4) Alimentación 5) Aprendices 6) Auxiliares de Navegación 7) Avioneros 8) Bodegas 9) Cadeneros 10) Carnicería 11) Carpintería 12) Carrileros 13) Casinos 14) Conducción de Vehículos 15) Clasificadores 16) Ebanistas 17) Encuadernadores 18) Fundición 19) Guarnición 20) Marinería 21) Herradores 22) Hojalatería 23) Jardinería 24) Rancheros 25) Maquinaria 26) Marineros 27) Mantenimiento y Conservación 28) Palafrenos 29) Panadería 30) Pintura 31) Peluquería 32) Portería 33) Ropería 34) Sastrería 35) Servicios Auxiliares de Navegación 36) Servicios Postales 37) Soldaduría 38) Talabartería 39) Transmisiones 40) Tejería 41) Telefonistas 43) Vaquería 43) Vigilancia 44) Zapatería y similares.
Artículo 11
Los Auxiliares Solo Podrán Ser Nombrados En Las Actividades Siguientes O Similares: 1) Acarreo 2) Albañilería 3) Aseo 4) Alimentación 5) Aprendices 6) Auxiliares De Navegación 7) Avioneros 8) Bodegas 9) Cadeneros 10) Carnicería 11) Carpintería 12) Carrileros 13) Casinos 14) Conducción De Vehículos 15) Clasificadores 16) Ebanistas 17) Encuadernadores 18) Fundición 19) Guarnición 20) Marinería 21) Herradores 22) Hojalatería 23) Jardinería 24) Rancheros 25) Maquinaria 26) Marineros 27) Mantenimiento Y Conservación 28) Palafrenos 29) Panadería 30) Pintura 31) Peluquería 32) Portería 33) Ropería 34) Sastrería 35) Servicios Auxiliares De Navegación 36) Servicios Postales 37) Soldaduría 38) Talabartería 39) Transmisiones 40) Tejería 41) Telefonistas 43) Vaquería 43) Vigilancia 44) Zapatería Y Similares
Decreto 94 de 1958 · por el cual se adiciona el artículo 3° del Decreto número 349 de 1957, y se dictan unas disposiciones en relación con la clasificación, denominaciones y asignaciones del personal civil de las Fuerzas Armadas.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.