Micelio

Artículo 7

Adiciónese El Artículo 2

Decreto 1537 de 2022 · por el cual se adiciona y se modifica el Decreto 1073 de 2015 y se reglamenta el parágrafo segundo del artículo 17 de la Ley 56 de 1981 así como el artículo 30 de la Ley 2169 en lo relacionado a la expedición del acto administrativo de declaratoria de utilidad pública e interés social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adiciónese el artículo 2.2.3.7.4.11. al Decreto 1073 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.2.3.7.4.11. Vigencia del acto administrativo de la declaratoria de utilidad pública. El acto administrativo de declaratoria pública e interés social tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de su ejecutoria. Luego de dicho término, el acto administrativo de la declaratoria de utilidad pública perderá su vigencia, excepto en aquellos casos en los que se haya iniciado el trámite de expropiación. En este caso, el acto administrativo mantendrá su vigencia hasta que se finalice el proceso de expropiación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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