Micelio

Artículo 1

Autorízase Al Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales Para Aportar Capital Y Constituir En Asocio Del Instituto De Fomento Industrial, De Los Empresarios Mineros Del Valle Del Cauca Y Del Cauca Y Demás Personas Naturales Y Jurídicas Interesadas, Una Sociedad Que Tenga Por Objeto El Beneficio Del Carbón Mineral, Mejoramiento, Exportación Y Fomento De La Industria Hullera

Decreto 2656 de 1950 · Por el cual se confiere una autorización al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales para aportar capital y constituir en asocio del Instituto de Fomento Industrial, de los empresarios mineros del Valle del Cauca y del Cauca y demás personas naturales y jurídicas interesadas, una sociedad que tenga por objeto el beneficio del carbón mineral, mejoramiento, exportación y fomento de la industria hullera. El Consejo podrá aportar hasta la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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