° El jurado integrado conforme el artículo 4° del Decreto 276 hará la evaluación y calificación de las campañas desarrolladas por cada medio teniendo en cuenta los aspectos señalados en el artículo 2° del mismo Decreto que a la letra dice: a) creatividad; b) originalidad; c) calidad del mensaje; d) frecuencia o intensidad; e) poder de penetración y f) cubrimiento.
Decreto 469 de 1977 →Vigente
Artículo 3
El Jurado Integrado Conforme El Artículo 4° Del Decreto 276 Hará La Evaluación Y Calificación De Las Campañas Desarrolladas Por Cada Medio Teniendo En Cuenta Los Aspectos Señalados En El Artículo 2° Del Mismo Decreto Que A La Letra Dice: A) Creatividad; B) Originalidad; C) Calidad Del Mensaje; D) Frecuencia O Intensidad; E) Poder De Penetración Y F) Cubrimiento
Decreto 469 de 1977 · Por el cual se reglamenta el otorgamiento del Premio Nacional de la Comunicación Social
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.