Son deberes del Presidente: 1° Presidir el Consejo y dirigir sus debates; 2° Contestar a nombre del Consejo los mensajes orales o escritos, llegados a la corporación, cualquiera que sea su procedencia; 3° Firmar los Acuerdos; 4° Cumplir y hacer cumplir este reglamento, mantener el orden y decidir las cuestiones que acerca de él se susciten; 5° Cuidar de que los Consejeros concurran puntualmente requiriendo al efecto a los ausentes que no se hallen justamente impedidos o excusados; 6° Nombrar todas las Comisiones accidentales; 7° Convocar dentro del período de sesiones ordinarias o extraordinarias; a sesiones especiales cuando lo requiera el caso; 8° Declarar abierta o cerrada la discusión en sus respectivos casos; 9° .Firmal las actas; 10. Despachar por sí solo o en presencia del Consejo las peticiones en que se soliciten copias, documentos y certificaciones que hayan de franquearse por la Secretaría, requisitos sin los cuales el Secretario no franqueará documento alguno, sea público o privado; 11. Cuidar de que el Secretario y demás empleados del Consejo desempeñen cumplidamente sus deberes; 12. Vigilar a las Comisiones y excitarlas para que presenten con oportunidad los trabajos de que están encargadas, y 13. Desempeñar los demás deberes que este reglamento le impone, y cuantos naturalmente correspondan al destino que ejerce.
Artículo 18
Son Deberes Del Presidente: 1° Presidir El Consejo Y Dirigir Sus Debates; 2° Contestar A Nombre Del Consejo Los Mensajes Orales O Escritos, Llegados A La Corporación, Cualquiera Que Sea Su Procedencia; 3° Firmar Los Acuerdos; 4° Cumplir Y Hacer Cumplir Este Reglamento, Mantener El Orden Y Decidir Las Cuestiones Que Acerca De Él Se Susciten; 5° Cuidar De Que Los Consejeros Concurran Puntualmente Requiriendo Al Efecto A Los Ausentes Que No Se Hallen Justamente Impedidos O Excusados; 6° Nombrar Todas Las Comisiones Accidentales; 7° Convocar Dentro Del Período De Sesiones Ordinarias O Extraordinarias; A Sesiones Especiales Cuando Lo Requiera El Caso; 8° Declarar Abierta O Cerrada La Discusión En Sus Respectivos Casos; 9°
Decreto 466 de 1964 · Por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 1 de 1963 (enero 30), del Consejo Intendencial de Arauca, sobre reglamento para el funcionamiento interno del Consejo
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.