º. Las propuestas se presentarán en papel sellado y en sobre cerrado y lacrado, en el cual se expresará clara y visiblemente que se trata de una de dichas propuestas de contrato. En la Secretaría General del Ministerio se llevará un registro en el cual deberá anotarse el día de la presentación de las propuestas que se formulen, las cuales se numerarán en el orden sucesivo de su presentación. Al interesado se le expedirá por la misma oficina un recibo de su propuesta, en el cual consten el número que le hubiere correspondido y los detalles que aparezcan anotados en el sobre. Las propuestas permanecerán en la forma recibida, al cuidado personal del Ministro de Minas y Petróleos, hasta cuando se proceda al estudio y calificación de ellas.
Decreto 1323 de 1947 →Vigente
Artículo 9
Las Propuestas Se Presentarán En Papel Sellado Y En Sobre Cerrado Y Lacrado, En El Cual Se Expresará Clara Y Visiblemente Que Se Trata De Una De Dichas Propuestas De Contrato
Decreto 1323 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 66 de 1946.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.