Micelio

Artículo 4

Ley 77 de 1931 · POR LA CUAL SE CONCEDEN UNAS AUTORIZACIONES AL GOBIERNO, SE MODIFICAN UNAS DISPOSICIONES LEGALES Y SE INTERPRETA LA LEY 41 DE 1921

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos del artículo 81 de la Ley 130 de 1913 , se entienden publicadas las resoluciones del Gobierno por la inserción de su parte dispositiva por una sola vez, en el Diario Oficial.

Las resoluciones que dicten los Ministros de Despacho ejecutivo, y que tengan por objeto resolver una solicitud sobre reconsideración o revocación de otra providencia de la misma índole, quedaran ejecutoriadas una vez que se notifiquen. La notificación se hará personalmente, o por medio de edicto

Que se fijara en lugar público de la oficina respectiva, tres días después de que se dicte la resolución de que se trata, y permanecerá fijado por el término de tres días, sin perjuicio del término señalado en el artículo 81 de la Ley 130 de 1913 y de los fijados en la Ley 53 de 1909 .

Queda en estos términos reformado el artículo 81 de la Ley 130 de 1913 , siendo entendido que no se altera la Ley 53 de 1909 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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